La norma AQ3009 establece que el alumbrado antideflagrante debe ser inspeccionado cada tres años por una agencia de pruebas certificada.
En caso de que surja alguna circunstancia especial durante el ínterin, deberá documentarse y archivarse durante el proceso de inspección. Además, se anima a las empresas a realizar autoinspecciones periódicas o irregulares para garantizar la seguridad y el cumplimiento constantes.